jueves, 5 de julio de 2007

No todo lo malo es inconstitucional, ni todo lo constitucional es bueno

Henry Mora Jiménez
Decano, Facultad de Ciencias Sociales, UNA.


Aunque la sentencia de la Sala Arias, perdón, Sala IV, sobre la constitucionalidad del TLC nos causa indignación, y nos hace perder la última pizca de confianza de que en Costa Rica aun prevalece la institucionalidad democrática, el estado de derecho y la honestidad de políticos y magistrados; es oportuno tener presente que no todo lo que es inconveniente para el pueblo costarricense es inconstitucional, ni todo lo que permite la Constitución Política es conveniente para el pueblo. Veamos algunos ejemplos, y estoy seguro que se podrán agregar muchos más.


1- Si un gobierno aplica una política de aumentos salariales inferiores a la inflación (como de hecho ocurrió recientemente entre 2002 y 2004), eso afectaría a todos los trabajadores asalariados, especialmente a los más pobres, pero no por eso sería una política inconstitucional.

2- Si la Asamblea Legislativa aprueba una reforma tributaria que favorece a los más ricos (como ocurre con casi todas esas reformas), eso con seguridad causaría el repudio de la mayor parte de la población, pero no por eso sería una ley inconstitucional.

3- Si un determinado gobierno se niega a girar al FODESAF los recursos que por ley le corresponden para combatir la pobreza (lo que de hecho ha sido la norma en los últimos años), eso puede ser duramente criticado por la opinión pública, pero no por ello es una práctica
inconstitucional.

4- A pesar de que el Artículo 46 de la Constitución prohíbe los monopolios privados, no por ello el monopolio de RITEVE ha sido declarado inconstitucional.

5- La tala indiscriminada de bosques en la región norte del país puede que incumpla algunas leyes y disposiciones reglamentarias del MINAE, pero no por ello es una práctica inconstitucional.

6- Aunque la Constitución establece la obligación del Estado de financiar las universidades públicas, no establece que la educación superior sea un derecho fundamental, como si lo establece para la educación básica.

7- En Costa Rica, el trabajo infantil puede ser regulado y hasta penalizado por la ley, al mismo tiempo que es un claro síntoma del fracaso de una sociedad que no puede brindarle trabajo decente a todos sus ciudadanos, ni educación a todos sus niños y niñas; pero en nuestro
país el trabajo infantil no es inconstitucional.


Los cinco de la Sala IV han dicho que el TLC no es inconstitucional. No les creemos; pero lo más importante es que el TLC es un Tratado inconveniente y nefasto para Costa Rica. Ahora le toca al pueblo decidir.

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